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Naranjo Inmigración

Protección internacional

Asilo en Estados Unidos: te acompañamos en cada etapa

Si tuviste que salir de tu país por persecución o temes volver, el asilo puede protegerte. Te ayudamos a preparar tu caso con cuidado, desde la documentación hasta la entrevista o la audiencia.

Qué es el asilo

Protección para quienes sufren persecución

El asilo es una protección que Estados Unidos otorga a personas que están en el país, o que llegan a la frontera, y que sufrieron persecución o tienen un temor fundado de sufrirla si regresan a su país. La persecución debe estar relacionada con al menos uno de estos cinco motivos:

  • Raza
  • Religión
  • Nacionalidad
  • Opinión política
  • Pertenencia a un grupo social determinado

Cada historia es distinta. Lo importante es demostrar, con tu declaración y con pruebas, qué te pasó, quién te persiguió, por qué, y por qué no puedes recibir protección de las autoridades de tu país.

Un asesor revisa documentos junto a una clienta frente a una computadora

Dos caminos

Asilo afirmativo y asilo defensivo

El camino depende de si ya estás o no en un proceso de deportación.

Asilo afirmativo

Se presenta ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) cuando no estás en un proceso de deportación. Incluye toma de huellas y una entrevista con un oficial de asilo.

  • Solicitud con el formulario I-589
  • Cita de datos biométricos
  • Entrevista con un oficial de asilo

Asilo defensivo

Se presenta ante un juez de inmigración, como defensa, cuando ya estás en un proceso de deportación (por ejemplo, si recibiste una Notificación de Comparecencia).

  • Audiencias ante la corte de inmigración
  • Presentación de pruebas y testigos
  • Decisión del juez, que puede apelarse

Plazos

El plazo de un año

Por regla general, la solicitud de asilo debe presentarse dentro del primer año desde tu última llegada a Estados Unidos. La ley admite excepciones cuando hay cambios de circunstancias (por ejemplo, un cambio grave en tu país o en tu situación personal) o circunstancias extraordinarias que te impidieron presentarla a tiempo. Estas excepciones deben explicarse y probarse.

Quién puede quedar fuera

La ley establece situaciones que impiden recibir asilo, por ejemplo haber participado en la persecución de otras personas, ciertos delitos graves, representar un peligro para la seguridad, o haberse establecido de forma permanente en otro país antes de llegar. Por eso revisamos tu historial completo antes de presentar la solicitud.

Tu familia en la solicitud

Puedes incluir en tu solicitud a tu cónyuge y a tus hijos solteros menores de 21 años que estén en Estados Unidos. Si te conceden el asilo y tu familia está fuera del país, existe un trámite para pedirlos (formulario I-730), que en general debe presentarse dentro de los dos años siguientes a la aprobación.

Después de obtener asilo

Una vez aprobado, puedes vivir y trabajar en Estados Unidos. Después de un año como asilado puedes solicitar la residencia permanente (green card). Te acompañamos también en esa etapa.

Cómo te ayudamos

Tu caso de asilo, preparado con cuidado

  1. Evaluación de tu caso

    Escuchamos tu historia, revisamos fechas de llegada, antecedentes y si aplica el plazo de un año o alguna excepción.

  2. Declaración y formulario I-589

    Te ayudamos a contar tu historia de forma ordenada, coherente y completa, y preparamos el formulario con precisión.

  3. Pruebas y traducciones

    Reunimos documentos, testimonios, informes médicos y reportes sobre la situación de tu país, con traducciones al inglés.

  4. Preparación para la entrevista o audiencia

    Repasamos contigo las preguntas más comunes para que llegues con seguridad y tranquilidad.

  5. Seguimiento y siguientes pasos

    Te mantenemos informado sobre cada aviso, permiso de trabajo, decisión y, si hace falta, la apelación.

Prepárate

Documentos que suelen necesitarse

Cada caso es distinto, pero estos documentos ayudan a preparar una solicitud sólida:

  • Pasaporte, cédula, acta de nacimiento u otros documentos de identidad
  • Prueba de tu fecha de entrada a Estados Unidos
  • Denuncias, amenazas, mensajes, fotos o noticias relacionadas con tu caso
  • Informes médicos o psicológicos, si los hay
  • Cartas de testigos que conozcan lo que viviste
  • Actas de matrimonio y de nacimiento de tus hijos, si los incluyes
Leer la guía completa de asilo
Una familia de padre, madre y dos niños se abraza sonriente en casa

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre asilo

¿Cuánto tiempo tengo para pedir asilo después de llegar a EE. UU.?

Por regla general, la solicitud de asilo (formulario I-589) debe presentarse dentro del primer año desde tu última llegada a Estados Unidos. La ley admite excepciones por cambios de circunstancias o circunstancias extraordinarias, que deben demostrarse. Si ya pasó el año, todavía pueden existir otras protecciones, como la suspensión de deportación (withholding of removal) o la protección bajo la Convención contra la Tortura.

¿Cuál es la diferencia entre asilo afirmativo y defensivo?

El asilo afirmativo se solicita ante USCIS cuando la persona no está en un proceso de deportación. El asilo defensivo se presenta ante un juez de inmigración, como defensa dentro de un proceso de deportación.

¿Puedo incluir a mi familia en mi solicitud de asilo?

Puedes incluir a tu cónyuge y a tus hijos solteros menores de 21 años que estén en Estados Unidos. Si te conceden asilo y tu familia está fuera del país, existe un trámite para pedirlos (formulario I-730), que en general debe presentarse dentro de los dos años siguientes a la aprobación.

¿Puedo trabajar mientras espero la decisión de asilo?

No de inmediato. La ley exige un tiempo de espera desde que se presenta la solicitud antes de poder pedir el permiso de trabajo, y las reglas sobre ese permiso han cambiado varias veces. Te indicamos los plazos y requisitos vigentes para tu caso.

¿Qué pasa si me niegan el asilo?

Depende de dónde se decidió. Si fue un caso afirmativo ante USCIS, normalmente se remite a un juez de inmigración, donde puedes volver a presentar tu solicitud. Si lo negó un juez, se puede apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), en general dentro de los 30 días siguientes. Consulta nuestra página de Apelaciones.

¿Estás pensando en pedir asilo?

Los plazos importan. Cuéntanos tu caso y te diremos qué opciones tienes y qué hacer primero.