Recibir una negativa es duro, pero muchas veces no es el final del camino. Lo más importante es no dejar pasar el plazo: en muchos casos tienes solo 30 días desde la fecha de la decisión.
- 30 díasPlazo general para apelarDesde la fecha de la decisión.
- BIADónde se apelaLa decisión de un juez de inmigración.
- 90 díasMoción para reabrirPlazo general ante el juez o la BIA.
Paso 1: identifica quién tomó la decisión
La vía para apelar depende de la autoridad que decidió:
- Un juez de inmigración (corte de inmigración, EOIR).
- USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración).
- Un consulado de Estados Unidos en el exterior (Departamento de Estado).
Lee la carta o la orden completa: casi siempre indica si se puede apelar, ante quién y en qué plazo.
Paso 2: conoce las vías y los plazos generales
- Decisión de un juez de inmigración: se apela ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) con el formulario EOIR-26. El plazo general es de 30 días desde la decisión, y la BIA debe recibir la apelación dentro de ese plazo.
- Negativa de ciertas peticiones familiares (por ejemplo, I-130): se apela ante la BIA con el formulario EOIR-29, que se presenta ante USCIS. Plazo general de 30 días (33 si la decisión llegó por correo).
- Muchas otras negativas de USCIS: se usa el formulario I-290B para apelar ante la Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) o presentar una moción ante la misma oficina. Plazo general de 30 días (33 si llegó por correo).
- Negativa de la ciudadanía: se pide una audiencia administrativa con el formulario N-336, en general dentro de 30 días (33 si llegó por correo).
- Decisión final de la BIA: puede llevarse a una corte federal de apelaciones con una petición de revisión, dentro de 30 días.
- Negativa de visa en un consulado: en la mayoría de los casos no hay apelación formal.
Paso 3: elige entre apelación y moción
- Apelación: pide a una autoridad superior que revise la decisión.
- Moción para reconsiderar: pide a la misma autoridad que corrija un error de ley o de aplicación de la política. Ante el juez o la BIA, en general dentro de 30 días.
- Moción para reabrir: pide reabrir el caso por hechos nuevos, con pruebas que antes no estaban disponibles. Ante el juez o la BIA, en general dentro de 90 días.
A veces la mejor opción no es apelar, sino presentar una nueva solicitud mejor preparada. Depende del motivo de la negativa.
Paso 4: prepara argumentos sólidos
Una buena apelación no repite la historia: explica qué error se cometió. Por ejemplo:
- Se aplicó mal la ley.
- No se valoraron pruebas importantes.
- Hubo problemas en la audiencia, como una mala interpretación.
- Existen hechos nuevos que cambian el caso.
¿La apelación detiene la deportación?
En muchos casos, presentar a tiempo la apelación de la decisión de un juez ante la BIA suspende la ejecución de la orden mientras se decide, aunque hay excepciones. En la corte federal la suspensión no es automática y debe pedirse por separado.
Qué hacer hoy mismo
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